jueves, 26 de octubre de 2023

ACTIVIDAD RETO 5

 ACTIVIDAD RETO 5


PRESENTACIONES IGUALDAD DE GENERO (os dejo unos videos que utilizo en las charlas con los alumnos)

UTILIZADOS EN LAS PONENCIAS OFRECIDAS DENTRO DEL MARCO DEL PLAN DIRECTOR PARA LA CONVIVENCIA Y MEJORA DE LA SEGURIDAD ESCOLAR.

DEJO LA PRESENTACION DEL POWERT POINT QUE UTILIZO PARA MIS PRESENTACIONES

AQUI EN EL BLOG NO PUEDO AGREGAR ESE ARCHIVO NI UN PDF, ME HUBIERA GUSTADO QUE PUDIERAIS VER LAS PRESENTACIONES QUE SE UTILIZAN EN COLEGIOS E INSTITUTOS.

Diapositivas 2 y 3

En esta diapositiva se refleja el contenido que se pretende transmitir.

1. La transversalidad de género. Qué es.

Definiciones: análisis de género, indicadores, brechas de género.

La necesidad de las estadísticas desagregadas por sexo.

La utilización de lenguaje no sexista. Beneficios.

2. Qué es el impacto de género y concepto del beneficio equivalente

3. La incorporación de la perspectiva de género en la Guardia Civil

 

Vamos a tratar de darle otra perspectiva a nuestra visión de las cosas.

 

Diapositiva 4 Mainstreaming

El Mainstreaming o transversalidad de género es una forma de gestionar las políticas públicas, programas y actuaciones, orientada al logro de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que considera en todo momento la situación y relaciones de desigualdad de mujeres y hombres, sus distintos intereses y necesidades y el impacto que esa política puede generar en esa situación de desigualdad.

El art 15 LOIEMH establece que el principio de igualdad informará, con carácter transversal, la actuación de todos los poderes públicos. Las AAPP lo integrarán, de forma activa, en la adopción y ejecución de las disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas, en todos los ámbitos y en el conjunto de todas sus actividades.

 

Diapositivas 5 a 7  Análisis o Perspectiva de género

La perspectiva o análisis de género es una forma de acercarse a la realidad que permite identificar, de forma separada, las diferentes posiciones desde las que las mujeres y los hombres se relacionan con un hecho concreto.

La Comisión Europea establece que es el estudio de las diferencias de condiciones, necesidades, índices de participación, acceso a los recursos y desarrollo, control de activos, poder de toma de decisiones, etc, entre hombres y mujeres debidas a los roles que tradicionalmente les han asignado.

La perspectiva de género permite identificar:

-las diferentes posiciones de partida

-las necesidades de  ambos sexos

Así, el análisis de género permite:

                *Identificar la situación y la posición de las mujeres y los hombres en la sociedad

                *Conocer cómo se relacionan

                *Saber cómo hombres y mujeres acceden y controlan los recursos

                *Identificar las desigualdades iniciales

                *Visibilizar la participación de las mujeres y los hombres en la sociedad

*Interpretar la información desde las consecuencias producidas por la socialización diferenciada

Todo ello facilita poder:

                +Dar respuesta a las necesidades de mujeres y de hombres

                +Eliminar desigualdades generadas por el modelo social dominante

                +Avanzar en la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres

+Construir una sociedad más justa y democrática

+Incrementar el potencial de todos los recursos humanos de la sociedad.

 

Diapositiva 8 Objetivos

Se plantean dos posibles objetivos, al introducir el principio de igualdad de forma transversal:

1.       Un mayor conocimiento de los Poderes Públicos sobre las necesidades y expectativas de la población y contribuir a la sensibilización sobre las situaciones de discriminación por razón de sexo.

2.       Conseguir una mayor eficacia en el resultado de la aplicación de las normas. Cuando se aprueba la introducción y puesta en práctica de una política pública, cualquiera que sea, se realiza una previsión de los posibles objetivos a cumplir y se analizan las posibles desviaciones que pueden producir las diferencias sociales entre mujeres y hombres.

 

Diapositiva 9

En la formulación de políticas públicas existe una parte política y otra técnica. La introducción de la perspectiva de género va a tener influencia en la normativa, en las políticas, en las actuaciones y en las medidas de gestión pública.

Diapositiva 10 Herramientas metodológicas

Las herramientas que se utilizan para la introducción del principio de igualdad efectiva son:

-el análisis de género, con sus indicadores

-el uso de lenguaje no sexista

-la evaluación de impacto de género

-el Plan de Igualdad

 

Diapositiva 11 a 13 Análisis de género

Ésta es la primera de las herramientas metodológicas de las políticas públicas en materia de igualdad.

¿Cómo se realiza?

-Se ha de tener en cuenta el género como construcción social que ha dado lugar a diferentes posiciones sociales de hombres y mujeres, afectando a los roles, las responsabilidades y la distribución de poder diferenciada.`

-Se tienen que incorporar al análisis los efectos de los roles y las relaciones de género, esto es:

                *La distinta participación cualitativa y cuantitativa de las mujeres

                *Segregación horizontal y vertical

                *Diferentes acceso y distribución de los recursos

*Normas y valores sociales que condicionan el comportamiento de mujeres y de hombres

*Distintas oportunidades para acceder y participar

*Discriminaciones directas y/o indirectas

*Barreras culturales

-Se ha de incorporar en el análisis aspectos como:

                *Posición de mujeres y hombres en la empresa

*Acceso y participación de trabajadoras y trabajadores en todas las prácticas de gestión de RRHH

*Revisión de las políticas de personal, incorporando elementos correctores para equilibrar la participación cualitativa y cuantitativa de mujeres y de hombres

 

Diapositiva 14 y 15 Indicadores de género

Una ayuda imprescindible en la evaluación de la implantación de cualquier política son los indicadores. Al tratarse de políticas de igualdad se habla de los indicadores de género.

Un indicador es una medida, un número, un hecho, una opinión o una percepción que señala una situación o condición específica y que mide cambios en esa situación o condición a través del tiempo.

Los indicadores son siempre una representación de un determinado fenómeno, pudiendo mostrar total o parcialmente una realidad.

La función que desempeñan es la de señalar los cambios sociales en términos de relaciones de género a lo largo del tiempo. Su habilidad es la de señalar:

-la situación relativa de mujeres y hombres

-los cambios producidos entre las mujeres y los hombres en distintos momentos del tiempo

 

Diapositiva 16 Estadísticas públicas

El artículo 20 LOIEMH establece la obligación de: incluir la variable sexo de forma sistemática en los estudios y estadísticas, de establecer nuevos indicadores, de realizar muestras los suficientemente amplias y de explotar los datos de que disponen de modo que se puedan conocer las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres en los diferentes ámbitos de intervención.

Todo ello para hacer efectivas las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y de Hombres y que se garantice la integración de modo efectivo de la perspectiva de género en la actividad ordinaria de los Poderes Públicos.

 

Diapositiva 17 Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos

La manera en que nos expresamos determina cómo pensamos, por eso es importante el uso de lenguaje no sexista. Ésta es la segunda de las herramientas utilizadas para la integración de la igualdad en nuestra realidad.

El art 14.11 LOEIMH establece como uno de los criterios generales de actuación de los Poderes Públicos la implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo y su fomento en la totalidad de las relaciones sociales, culturales y artísticas.

 

Diapositivas 18 y 19 Impacto de género

El impacto de género es cómo afecta de forma diferenciada a hombres y a mujeres cualquier política.

La Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que  elabore el Gobierno.

El impacto de género hace referencia al análisis sobre los resultados y efectos de las normas, de las políticas públicas, en la vida de las mujeres y de los hombres, de forma separada.

Su objetivo es: identificar, prevenir y evitar el mantenimiento y la reproducción de desigualdades de género.

Los informes de impacto de género son una herramienta que ha sido concebida para promover la integración de los objetivos de las políticas de igualdad de oportunidades y la perspectiva de género en toda la legislación.

Su objetivo está relacionado con la generación de la información y análisis necesario para conseguir que se trabaje a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, desde las diferentes iniciativas legislativas y evitar consecuencias negativas derivadas de la aplicación de las normas.

Persiguen como resultado procesos de toma de decisiones que cuenten con un mayor nivel de información sobre la realidad social, desde una perspectiva de género, facilitando de esta forma, el trabajo de los poderes públicos a favor de la igualdad.

Colocan a los ciudadanos y a las ciudadanas en el centro del escenario de aplicación de las disposiciones normativas e incrementan el nivel de eficacia de las normas, al tener en cuenta aspectos relevantes de la vida de hombres y mujeres, y, a su vez, contribuyen a la consecución de los objetivos en materia de igualdad de oportunidades de las políticas públicas.

 

Diapositivas 20 a 22 Evaluación del impacto de género. Cómo se realiza

La tercera de las herramientas es la evaluación del impacto de género, que se refiere al análisis que se realiza con objeto de identificar qué efecto puede tener en mujeres y en hombres de forma diferenciada cualquiera de las decisiones que se vaya a tomar en cualquier área de gestión.

La evaluación de impacto de género contribuye a:

-Garantizar la igualdad de trato

-Reducir los desequilibrios existentes en una organización

-Planificar acciones positivas que puedan contrarrestar las brechas de género

 

¿Cómo se realiza?

1.       Identificando los posibles efectos en mujeres y en hombres de una actuación o procedimiento diferenciado:

¿De qué manera afecta a las mujeres?¿Y a los hombres?

¿Sirve para reducir o anular las brechas de género detectadas?

2.       Reconociendo cómo los roles y estereotipos de género afectarán a los resultados que tendrá cada decisión:

¿Las mujeres y los hombres acceden por igual a una actuación concreta?¿Qué obstáculos tienen unas y otros?¿Cómo se garantiza el acceso?

Determinar un criterio específico para una promoción ¿puede dificultar el acceso de mujeres a la misma?¿Ese criterio está realmente relacionado con los requisitos de la vacante?¿Qué cambios se pueden incorporar como criterio que estando relacionado con el puesto no obstaculice la promoción de las mujeres?

3.       Asegurando que:

-Mujeres y hombres se benefician por igual

-La decisión contribuye a la reducción de los desequilibrios

¿Dónde anunciar las ofertas de trabajo para que hombres y mujeres accedan a la información de igual manera?

¿Tener recursos para el cuidado de menores facilitará la participación de mujeres?

 

Diapositiva 23 Beneficio equivalente

El principal objetivo de la aplicación de la perspectiva de género en las intervenciones públicas debe ser, que hombres y mujeres puedan beneficiarse de forma equivalente de los efectos positivos que éstas producen.

Hombres y mujeres se aprovechan de igual forma de los beneficios que se derivan del progreso y el desarrollo económico, de las políticas sociales, del avance en los derechos de ciudadanía, etc, sería en definitiva el objetivo primordial que persigue el principio de igualdad de oportunidades y el objetivo de las políticas públicas de igualdad.

 

Diapositivas 24 y 25 Elementos clave de la Transversalidad de Género

Son cinco:

-Colocar la igualdad en el centro de las políticas

-Compromiso y asunción de responsabilidades

-Formación en materia de igualdad entre mujeres y hombres

-Participación de todos los agentes

-Implantar una metodología con perspectiva de género

La transversalidad de género en la gestión de personales un valor para cualquier institución, a nivel interno y de cara al exterior.

 

Diapositiva 26 Brecha de género

Para comprender la necesidad de la transversalidad de género en las políticas, hay que partir de una serie de conceptos como la brecha de género o la segregación vertical y horizontal, elementos clave de la situación actual.

Brecha de género: refiere las diferentes posiciones de hombres y mujeres en la distribución de recursos, acceso al empleo, a la formación, a los puestos de poder y toma de decisiones en un contexto dado.

Según la OCDE, Brecha salarial de género es la diferencia existente entre los salarios de los hombres y las mujeres, expresada como un porcentaje del salario masculino.

La Comisión Europea, la define como la diferencia media entre el salario de los hombres y de las mujeres por hora, como resultado de las diferencias de género, discriminación implícita debida a opciones de estilo de vida, por ejemplo número de horas trabajadas o mayor frecuencia de bajas de maternidad o si estas diferencias se deben a una discriminación sexista explícita.

Según Eurostat, la brecha de género no ajustada a las características individuales que pueden explicar parte de las diferencias salariales entre hombres y mujeres, es la diferencia entre el salario bruto por hora de los hombres y el de las mujeres, expresado como porcentaje del salario bruto por hora de los hombres.

 

Diapositiva 27 Segregación horizontal y vertical

La segregación horizontal mide el índice de concentración en los sectores o disciplinas ocupacionales.

La segregación vertical afecta a la posición de hombres y mujeres en las jerarquías de las empresas.

 

Diapositiva 28 Hacia la igualdad efectiva

Los Planes de Igualdad son reflejo de la voluntad política de alcanzar una igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Según el art 46 LOIEMH, un Plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendente a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

 

Diapositiva 29 Cómo ponemos en marcha el Plan de Igualdad

Una vez hay un compromiso por parte de la DG, se crea un Comité al cual se le asignan unas funciones. Se realizará un diagnóstico de la situación, para a posteriores proponer medidas para paliar, en su caso, la situación de desigualdad. Se trata de conocer, analizar, gestionar y consolidar.

La confección de un Diagnóstico de Situación permite identificar la situación exacta en la que se encuentra la entidad en relación con la igualdad entre mujeres y hombres.

Su finalidad es:

                -Obtener información relativa a:

                               *Características y necesidades de la plantilla

*Opiniones de mujeres y hombres que trabajan en la organización sobre la gestión de personal en relación con la igualdad

                               *La práctica en la gestión de los recursos humanos

                -Identificar la existencia de desequilibrios o discriminaciones por razón de sexo

                -Servir de base para la definición del Plan de Igualdad

 

Diapositiva 30 Diagnóstico de Situación

El diagnóstico de situación es un análisis detallado de la situación de mujeres y hombres en la empresa para el que se necesita:

-Obtener información sobre el personal desagregada por sexo.

-Poder intercambiar opiniones, debatir con personas de la entidad

-Analizar la información recogida, tanto la cualitativa como la cuantitativa, aplicando el análisis de género

-Concretar las áreas en las que se va a intervenir, las brechas de género detectadas y las actuaciones que se plantean para aminorarlas (acciones positivas).

Todo ello, dará como resultado final un Plan de Igualdad.

 

 

Diapositiva 31 y 32 A modo de Ejemplo: Primer Plan de Igualdad de la AGE

En esta diapositiva podemos ver el índice del Primer Plan de Igualdad de la Administración General del Estado

-Ámbito de aplicación: la AGE y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella que tengan personal funcionario, estatutario o laboral a su servicio.

-Vigencia del Plan: Tendrá una vigencia de un año, manteniendo su vigencia hasta la aprobación de un nuevo Plan.

-Objetivos del Plan: su objetivo general es la promoción, el fortalecimiento y el desarrollo de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito de la AGE. Como específicos:

+Garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el empleo público y en las condiciones de trabajo en la AGE.

+Conseguir una representación equilibrada de las mujeres y los hombres en el ámbito de la AGE.

+Promover y mejorar las posibilidades de acceso de las mujeres a puestos de responsabilidad, contribuyendo a reducir desigualdades y desequilibrios que, aun siendo de origen cultural, social o familiar, pudieran darse en el seno de la AGE.

+Facilitar información específica a las mujeres sobre los cursos de formación para puestos que tradicionalmente hayan estado ocupados por hombres.

+Realizar acciones formativas y de sensibilización sobre igualdad de trato y oportunidades.

-Ejes de actuación--- para prevenir desigualdades y corregir las detectadas se organizan en función de las seis áreas utilizadas en el estudio del diagnóstico de situación:

1. Profundizar en la realización del diagnóstico para una mejora continua del plan de igualdad entre mujeres y hombres.

2. Acceso al empleo público.

3. Igualdad en el desarrollo de la carrera profesional.

4. Formación en igualdad entre mujeres y hombres

5. Ordenación del tiempo de trabajo, corresponsabilidad y medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

6. Atención de situaciones de especial protección.

7. Retribuciones

8. Medidas relativas a la igualdad en las estructuras funcionales y organizativas de la AGE.

 

Diapositiva 33 Mujeres y hombres en la AGE

En la diapositiva encontramos la distribución de personal, por sexos, en la AGE, según el Estatuto.

 

Diapositiva 34 y 35 Nuestro Proceso

¿Y qué se está haciendo en la Guardia Civil?

El proceso para la confección de un Plan de Igualdad propio está en marcha. ¿Por qué? Porque ha habido:

-Mandato político: hay una voluntad explícita de la DG para trabajar por la consecución de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, además del reconocimiento de la igualdad como principio básico y transversal de la organización.

-Se firmó un Convenio con el Instituto de la Mujer

-Hay voluntad del personal que trabaja en la materia en el seno de la DGGC.

 

Diapositiva 36 y 37 Comité para la igualdad efectiva de Mujeres y de Hombres en la Guardia Civil

Se crea el Comité para la Igualdad Efectiva de Mujeres y de Hombres en la Guardia Civil, como órgano para el asesoramiento del Director General con la finalidad de promover la igualdad real y efectiva entre los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil, de disponer de un conocimiento actualizado y diferenciado de la situación del hombre y de la mujer en el Cuerpo de la Guardia Civil y de formular recomendaciones en materia de igualdad de género.

En la diapositiva siguiente tenemos la Resolución de 10 de julio de 2014, de creación del Comité para la Igualdad.

El Comité es un órgano colegiado, presidido por el Director General (en su ausencia, por el Subdirector General de Personal). Asistirán el Subdirector General de Personal, el titular de la Jefatura de Asistencia al Personal y un representante de, a propuesta de los titulares de esos Órganos, la:

-DAO

-Subapo

-Gabinete Técnico

-Jefatura de Enseñanza

-Servicio de Acción Social

-Servicio de Asistencia Sanitaria

-Servicio de Psicología

-Servicio de Prevención

-Oficina de Relaciones Informativas y Sociales

-Asesoría Jurídica

 

hasta un número igual al de representantes de las asociaciones profesionales, y oficial del GT que ejercerá las funciones de Secretario (con voz pero sin voto)

Composición del Comité

+El personal designado como vocal por cada una de las asociaciones serán distribuidos de forma que queden representadas todas las escalas.

+La designación de vocales del Comité se hará de acuerdo con el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, salvo por razones fundadas y objetivas, suficientemente motivadas.

+Se intentará que los elegidos tengas la máxima continuidad en el cargo.

+En su designación se procurará que los designados dispongan de formación relacionada con el campo de actuación del Comité.

 

Podrán ser invitados a asistir a las reuniones del Comité para la Igualdad, participando a título consultivo y de apoyo, representantes de otras Unidades del Cuerpo, o de Departamentos Ministeriales que desarrollen cometidos relacionados con la promoción y fomento de la igualdad de oportunidades, y particularmente del Instituto de la Mujer, o el que desarrolle las funciones de éste.

 

Diapositivas 38 a 40 Funciones del Comité

El Comité para la igualdad no es un órgano ejecutivo. Podría decirse que se trata de un Observatorio. Sus funciones son las que siguen:

a) Tener conocimiento de aquellas propuestas, sugerencias y cuestiones que afecten de forma diferenciada al hombre y a la mujer, que sean planteadas por los miembros de la Guardia Civil o las asociaciones profesionales que les representan, ante el Consejo de la Guardia Civil y ante la Oficina de Atención al Guardia Civil, sin perjuicio de que su análisis corresponda a los citados órganos.

b) Efectuar estudios y trabajos técnicos sobre medidas que impidan la discriminación durante los procesos selectivos para el ingreso en la Guardia Civil.

c) Efectuar estudios y trabajos técnicos sobre medidas de acción positiva tendentes a la configuración de un entorno en el que la mujer pueda desarrollarse, tanto personal como profesionalmente, que puedan adoptarse en cualquier ámbito de la Guardia Civil.

d) Asesorar en el análisis y valoración desde el punto de vista del impacto de género, cuando se considere necesario, de las medidas que se establezcan en los anteproyectos y proyectos dispositivos de la Dirección General de la Guardia Civil, en materias que, conforme al artículo 54 de la Ley Orgánica 11/2007, de Derechos y Deberes de los miembros de la Guardia Civil, sean del Consejo de la Guardia Civil.

e) Estudiar la conveniencia de la adopción, en la Guardia Civil, de las medidas y acciones establecidas por otros órganos de la Administración General del Estado, en materia de igualdad de oportunidades.

f) Evaluar los resultados de las medidas adoptadas.

g) Efectuar estudios y trabajos técnicos sobre la incidencia que en los hombres y las mujeres tiene el conjunto de actividades que conforman el ingreso, la enseñanza, la carrera y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

h) Todas aquellas que puedan contribuir a favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y, en particular, elaborar los estudios y emitir los informes que, en su ámbito de actuación, le sean requeridos.

 

Diapositiva 41 El principio de igualdad de trato

El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. (art 3 LOIEMH)

Art 5 LOIEMH: El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable, en el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia, en la formación profesional, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales, o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta, incluidas las prestaciones concedidas por las mismas.

La Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres debe integrarse en la cultura de la entidad como principio que rige todas las actuaciones con carácter transversal.

Diapositiva 42 y 43 Formación para la igualdad

Art 61 LOIEMH

1. Todas las pruebas de acceso al empleo público de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella contemplarán el estudio y la aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres en los diversos ámbitos de la función pública.

2. La Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella impartirán cursos de formación sobre la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y sobre prevención de la violencia de género, que se dirigirán a todo su personal.

Se ha de sensibilizar a todo el personal, incluido el personal directivo.

Diapositiva  44 y 45 Cómo seguir

En la siguiente diapositiva se muestran las fases del proceso.

Los planes de igualdad fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.

 

Diapositiva 46 Creación del Comité para la Igualdad

Este evento tiene los siguientes aspectos positivos:

-Conformado de forma paritaria por personal de la Administración y de las asociaciones

-Lo integran personas con capacidad de decisión e influyentes

-Un número de personas que permite dinamicidad

-Presencia equilibrada de mujeres y de hombres

 

Diapositiva 47 Comunicación

Para que funcione el Comité, se precisa disponibilidad de recursos humanos y materiales. Se necesita, también,  comunicación, marketing y publicidad de lo que se va haciendo.

Es necesario informar y comunicar a todo el personal sobre el compromiso de la organización con la igualdad:

-Asegurando que la información llega a todas las personas

-Detallando claramente el proceso de integración de la igualdad entre mujeres y hombres

-Los objetivos que se desea alcanzar

-La decisión de poner en marcha un Plan de Igualdad

 

Diapositiva 48 Diagnóstico

El diagnóstico de situación va a permitir conocer la realidad de mujeres y hombres en la entidad. Se trata de realizar un análisis con enfoque de género que permita conocer:

-la distribución de mujeres y hombres por niveles jerárquicos y departamentos

-su participación en todos los procesos de la entidad

-la política y gestión de recursos humanos

 

Diapositiva 49 Plan de Igualdad

Por medio del Plan de igualdad se trata de:

-promover un cambio en la cultura de la entidad a través de la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres

-reducir los desequilibrios detectados

-prevenir posibles desigualdades

Al paliar las brechas de género se consigue disponer de recursos humanos y económicos adecuados y suficientes y se identifica a las personas que han de estar implicadas en los procesos.

 

Diapositiva 50 a 52 Seguimiento y evaluación / Sostener y consolidar. Proceso de mejora continua

El seguimiento durante todo el desarrollo del Plan, nos permite comprobar la consecución de los objetivos propuestos para cada una de las acciones.

La evaluación de los resultados y efectos de las prácticas desarrolladas y de los procesos, especialmente aquellos que tienen que ver con los recursos humanos, permite la incorporación de nuevas actuaciones para corregir posibles desviaciones.

Consolidar consiste en asegurarse de que no existen situaciones ni prácticas discriminatorias y que la igualdad entre las mujeres y hombres es un valor en la construcción cultural de la entidad y que se proyecta al exterior.

En la diapositiva 52 se puede ver el esquema de un proceso de mejora continua en materia de igualdad.

Diapositiva 53 Respeto del principio de igualdad

El artículo 67 LOIEMH establece que “las normas reguladoras de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad promoverán la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, impidiendo cualquier situación de discriminación profesional, especialmente en el sistema de acceso, formación, ascensos, destinos y situaciones administrativas.

 

Diapositiva 54 y 55 Acoso sexual y por razón de sexo

No es lo mismo el acoso sexual que el acoso por razón de sexo.

Artículo 7 LOIEMH:

1. Sin perjuicio de los establecido en el Código Penal, a los efectos de esta Ley constituye acoso sexual “cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”.

2. Constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

3. Se considerarán, en todo caso, discriminatorios el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

4. El condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de acoso por razón de sexo, se considerará también acto de discriminación por razón de sexo.

Las empresas tienen la obligación de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias

 

Diapositiva 56 Prueba

Art 13 LOIEMH

1. De acuerdo con las Leyes Procesales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias, por razón de sexo, corresponderá a la persona demandada probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el órgano judicial, a instancia de parte, podrá recabar, si lo estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los organismos públicos competentes.

2. Lo establecido en el apartado anterior no será de aplicación a los procesos penales.

Diapositiva 57

Hay tres facetas fundamentales en la vida de las personas: laboral, familiar y personal.

-Laboral: actividad relacionada con la vida económica, política y social. Se conoce como trabajo productivo y se relaciona con el espacio público.

-Familiar: actividad relativa a las tareas domésticas y al cuidado de la familia. Se denomina trabajo reproductivo y se lleva a cabo en el espacio doméstico.

-Personal: es el espacio y el tiempo propio, individual, en el que las personas se ocupan de sí mismas. Se relaciona con el espacio privado.

 

Diapositiva 58 a 60 Conciliación/corresponsabilidad

Conciliación: compatibilidad de los tiempos dedicados a la familia y al trabajo. En un sentido amplio, se refiere al desarrollo pleno de las personas en el ámbito del trabajo, afectivo, familiar, personal de ocio, estudio e investigación, y a disponer de tiempo para sí. Por ello, conciliar significa mantener el equilibrio en las diferentes dimensiones de la vida con el fin de mejorar el bienestar, la salud y la capacidad de trabajo personal.

La corresponsabilidad social va más allá de la conciliación. El significado de la corresponsabilidad social va más allá de aumentar la implicación de las personas, especialmente los hombres, en el reparto de las responsabilidades domésticas y familiares, para extenderse a otros agentes sociales e instancias públicas y privadas.

La corresponsabilidad se dirige a conseguir una nueva organización social donde mujeres y hombres puedan hacer compatibles las diferentes facetas de su vida: el empleo, la familia, el ocio y el tiempo personal.

El éxito de las medidas que tienen en cuenta el enfoque de la corresponsabilidad radica en su universalización, es decir, se aplican tanto a trabajadores como a trabajadoras, pues su finalidad es promover la igualdad entre mujeres y hombres.

Tratando de proteger los permisos para la conciliación, el art 57 LOEIMH establece: “en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones de permisos y beneficios para la conciliación”.

La conciliación de la vida laboral, familiar y personal se fundamenta en una corresponsabilidad social en la que intervienen los diferentes agentes sociales, cada uno de ellos asumiendo y desempeñando un papel determinado y participando en el desarrollo de diferentes medidas y estrategias dirigidas a buscar el equilibrio entre los intereses y las necesidades de las personas, mujeres y hombres.

¿Quiénes deben participar en promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral?

*Las familias: los hombres y las mujeres, compartiendo equitativamente el reparto de las tareas domésticas y familiares, rompiendo de esta manera los roles de género preestablecidos; los hijos y las hijas, participando también en las tareas domésticas y familiares, de acuerdo con su nivel de responsabilidad y desarrollo.

*Las empresas e instituciones: aplicando políticas de igualdad e implantando medidas de conciliación laboral, personal y familiar en sus plantillas.

*Las asociaciones profesionales: impulsando la inserción de medidas de conciliación personal, familiar y laboral en los Planes de Igualdad

*Los y las guardias civiles: ejercitando su derecho a la conciliación de forma responsable.

*Las Administraciones Públicas: promoviendo políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y diseñando actuaciones de apoyo a las familias.

 

Diapositiva 61 Promover la conciliación personal, familiar y laboral implica

-Definir medidas de reorganización de los tiempos de trabajo

-Promover políticas de igualdad efectiva de mujeres y hombres

-Dotar de recursos de atención y cuidado a menores y personas dependientes

-Desarrollar medidas de flexibilización de los horarios

 

RESPONSABILIDAD SOCIAL

Diapositivas 62 a 64 ¿Qué es la Responsabilidad Social Corporativa?

La Comisión Europea ha definido la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) como la integración voluntaria, por parte de empresas y organizaciones, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones y en las relaciones con sus interlocutores. La RSC integra normas y valores que la organización asume voluntariamente, pero una vez asumidos, pasan a tener fuerza reglamentaria interna.

Según el Libro Verde de la Comisión de las Comunidades Europeas, RSC es la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores.

Una posterior comunicación de la Comisión de seguimiento del Libro Verde añade que: “la RS consiste también en gestionar los cambios dentro de la empresa de una manera socialmente responsable, lo que ocurre cuando una empresa procura reconciliar los intereses y las necesidades de las distintas partes de manera aceptable para todas ellas”.

En la diapositiva 64 podemos ver la página web de la Estrategia Española de Responsabilidad Social de las Empresas

Diapositiva 65 ¿Qué implica la Responsabilidad Social Corporativa?

La RSC implicará en el sector público la prueba del compromiso de un determinado actor público con la sostenibilidad de su entorno:

-es prueba de transparencia y gobernanza pública

-muestra la contribución pública al empleo socialmente responsable

-muestra la contribución pública al consumo responsable

-es una prueba de inversión socialmente responsable

 

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, define un nuevo modelo de crecimiento económico equilibrado, duradero y sostenible de cara a la próxima década.

En su artículo 39, se refiere a la promoción de la responsabilidad social de las empresas, comprometiendo a las Administraciones Públicas a mantener una política de promoción de la responsabilidad social, difundiendo su conocimiento y las mejores prácticas existentes, atendiendo, entre otros, a los objetivos de respeto a los derechos humanos, mejora de las relaciones laborales, promoción de la integración de las mujeres y de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

 

Diapositiva 66 Responsabilidad Social

La LO 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, presta especial atención a la corrección de desigualdades en el ámbito de las relaciones laborales y promueve medidas concretas a favor de la igualdad en las empresas.

En su Título VII la Ley hace referencia específicamente a la posibilidad de las empresas de asumir la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social, destinadas a promover condiciones de igualdad entre las mujeres y los hombres en el seno de la empresa o en su entorno social.

 

Diapositiva 67 y 68 RSC en la Guardia Civil

¿Qué pretende la Guardia Civil con la introducción del concepto de RSC en la Institución?

1. Ganar en eficacia y eficiencia

2. Preservar los valores, principio y legalidad

3. Mejorar la profesionalidad de la Guardia Civil

4. Compromiso con la sociedad

5. Responsabilidad en el cuidado del medio ambiente

Con la memoria de RSC se pretende aportar compromiso, transparencia e información sobre lo que hace la GC y cómo lo hace en relación a las preocupaciones económicas, sociales, medioambientales y éticas, exponiendo de forma abierta y clara aquello que se hace bien y lo que es susceptible de mejora, con la idea firme de ser fiel al compromiso adquirido con la ciudadanía y los grupos de interés.

 

En la diapositiva 68 ¿Qué se ha hecho?

Vemos algunas de las cosas que se han hecho en estos últimos años:

-curso de formador de formadores, curso on line para FCSE o la aprobación del protocolo de acoso.

 

Diapositiva 69 a 77 Seguimos avanzando

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil integra el principio de igualdad y lo nombra en varios de sus preceptos.

En el preámbulo refiere: “La igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género y la conciliación de la vida profesional, personal y familiar, están especialmente presentes en esta Ley y, por consiguiente, lo habrán de estar en su desarrollo posterior, incluyendo medidas para facilitar la incorporación y promoción profesional de la mujer.

Con esta finalidad, el texto normativo prevé la realización de evaluaciones periódicas para verificar la efectividad en la aplicación del principio de igualdad de género.

Contempla una especial protección para la mujer embarazada o de parto reciente a la hora de realizar las pruebas físicas de un proceso de selección, así como el derecho preferente para ocupar destino que asiste a la mujer víctima de violencia de género que se vea obligada a cesar en el que ocupa y a las víctimas de terrorismo y la exención, para estos casos, del requisito de publicación previa de aquél.

El artículo 5 detalla:

1. La igualdad efectiva de mujeres y hombres estará especialmente presente en el desarrollo y aplicación de esta Ley. Se implementarán las medias necesarias para facilitar el ingreso y la promoción profesional de  la mujer.

2. Las normas y criterios relativos a la igualdad, la prevención de la violencia de género y la conciliación de la vida profesional, personal y familiar establecidos para el personal al servicio de la AGE serán de aplicación a los miembros de la Guardia Civil con las adaptaciones y desarrollos que sean necesarios.

3.Para asegurar la efectividad en la aplicación del principio de igualdad de género en la Guardia Civil se realizarán evaluaciones periódicas y se establecerán los mecanismos necesarios para garantizar dicho principio, en la forma que reglamentariamente se determine.

El artículo 7 señala: “mantendrá una disposición permanente para defender a España y proteger el ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, que ha de tener su diaria expresión en el exacto cumplimiento de la Constitución y las leyes.

Pondrá todo su empeño en preservar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos, sin discriminación alguna por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o ideología, orientación o identidad sexual, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, actuando siempre con dignidad, prudencia y honradez.

El art 35.3 establece: “en los sistemas de selección no podrán existir más diferencias por razón de género que las derivadas de las condiciones físicas que, en su caso, puedan considerarse en el cuadro de condiciones exigibles para el ingreso.

Reglamentariamente se determinará la forma en que las aspirantes realizarán las pruebas físicas en los casos de embarazo, parto o posparto, asegurando, en todo caso, su protección.

En el art 44, sobre los planes de estudio de la enseñanza de formación: “se ajustarán a las siguientes finalidades: conocer y asumir los principios y valores constitucionales, contemplando la pluralidad cultural de España y el respeto a la igualdad de derechos fundamentales y libertades públicas y, en particular, el principio de igualdad de trato y no discriminación por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o ideología, orientación o identidad sexual, edad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social y el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

 

Diapositiva 78 a 79 Distintivo de igualdad

La igualdad entre mujeres y hombres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo es un principio fundamental en la UE, plasmado en las Directivas comunitarias en materia de igualdad de trato entre mujeres y hombres y que ha sido desarrollado en nuestro ordenamiento por la Ley Orgánica 3/2007. Esta disposición obliga a las empresas a adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier discriminación laboral entre mujeres y hombres y, en su caso, a  elaborar, concertar y aplicar un plan de igualdad.

Con el fin de reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, la Ley Orgánica prevé en su artículo 50 la creación de un distintivo empresarial en materia de igualdad para aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

El Real Decreto sobre el distintivo “Igualdad en la Empresa” fue aprobado en Consejo de Ministros el 23.10.2009, y publicado en el BOE de 03.11.2009 (Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo “Igualdad en la Empresa”). Desarrolla reglamentariamente la denominación del distintivo de igualdad, el procedimiento y las condiciones para su concesión, los derechos y facultades derivados de su obtención, las condiciones de difusión institucional de las empresas que lo tengan y de las políticas de igualdad aplicadas por ellas. Asimismo, establecerá los procedimientos de control sobre el mantenimiento de las condiciones y políticas que justifiquen su concesión y de retirada del mismo en caso de incumplimiento de aquéllas por parte de las empresas.

 

Diapositiva 79; Para su concesión, se valoras los siguientes aspectos:

-Generales relativos al Plan de igualdad o las políticas de igualdad

-Relativos al acceso al empleo y a las condiciones de trabajo

-Relacionados con el modelo organizativo y a la RS de las Empresas

Esta distinción de excelencia en la aplicación de políticas de igualdad podrá ser utilizada en el tráfico comercial de la empresa y con fines publicitarios. Igualmente, la posesión del distintivo será valorada en relación con la adjudicación de los contratos con las AAPP en los términos y condiciones previstos en la LOIEMH.

 

Diapositiva 80 La construcción de la igualdad entre mujeres y hombres

El comunicado de la Comisión Europea de 02.02.1996 manifiesta:

“El desafío consiste en construir una nueva relación entre mujeres y hombres que asegure la participación plena de unas y otros, en pie de igualdad en todos los ámbitos, así como un reparto equilibrado de los beneficios del progreso entre ambos.

Semejante mutación no requiere sólo avances legislativos, sino también una transformación cultural tanto de los comportamientos individuales como de las actitudes y prácticas colectivas, y una acción política resuelta basada en una amplia movilización.”

Se trata ahora de plantear una alternativa, de buscar soluciones relacionadas con una distribución más igualitaria de los tiempos y los espacios.

Es necesario desarrollar un Nuevo Contrato de Género entre mujeres y hombres basado en la corresponsabilidad, que no complementariedad de ambos sexos; un nuevo contrato que nos permita compartir el trabajo asalariado, compartir las responsabilidades familiares y el cuidado de las personas dependientes, compartir el poder y la toma de decisiones; en definitiva, compartir la vida.

 

 

Diapositiva 81

Plataforma de Beijing: “la igualdad entre los hombres y las mujeres es cuestión de derechos humanos y una condición para la justicia social y también es un requisito necesario y fundamental para lograr la igualdad, el desarrollo y la paz”.


domingo, 15 de octubre de 2023

ACTIVIDAD RETO 3

 

RETO 3

PLAN DE IGUALDAD EN LA GUARDIA CIVIL 

1-    Presenta la política pública que hayas elegido

El plan se llama: PLAN DE IGUALDAD DE LA GUARDIA CIVIL

 

La Guardia Civil presento en el año 2019 el primer plan de Igualdad donde el prestigioso nombre de la Guardia Civil va a estar unido también a la lucha convencida de la democracia por la igualdad entre hombres y mujeres como primera Institución perteneciente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que desarrolla e implanta un Plan de Igualdad de Género

La importancia de impulsar mejoras que favorezcan la integración de la mujer en igualdad de condiciones en todos los empleos, especialidades y escalas para que lleguen más, en buenas condiciones, para que hagan su trayectoria con las mismas oportunidades que lo hacen los varones y lleguen a los niveles del escalafón que les permitan transformar los criterios de trabajo y servicio cotidiano.

Asimismo, es una forma de fomentar esta profesión para que las chicas jóvenes se fijen en la Guardia Civil como una profesión de futuro y un espacio de servicio al país.

     

2-      Analiza la política pública que hayas elegido.

 

ROLES ¿Impacta esa política o proyecto público en los roles de género? 

Si, este proyecto del Plan de Igualdad en la Guardia Civil tiene como objetivo establecer y desarrollar políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la Guardia Civil, sin diferenciar directa o indirectamente por razón de sexo; así como impulsar y fomentar medidas para conseguir la equidad en el seno de la organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de su política institucional.

 RECURSOS ¿Tiene efecto en el acceso igualitario a recursos económicos, materiales o de otro tipo para las mujeres? 

Si totalmente, pero previamente al desarrollo del Plan ha sido necesario elaborar un Diagnóstico de Situación que permitiera exponer de forma amplia la realidad del Cuerpo, reconociendo las diferentes cualificaciones, actitudes, necesidades, intereses, demandas y motivaciones de las mujeres y de los hombres que lo forman.

Una vez completado este diagnóstico, se ha procedido a la elaboración del Plan de Igualdad, cuya finalidad es fomentar el acceso, la permanencia y la promoción profesional de mujeres y hombres en el Cuerpo; rentabilizar el potencial, la motivación y la implicación de cada persona; adecuar la política de personal a las necesidades de mujeres y de hombres; así como promover medidas en materia de igualdad entre mujeres y hombres que contribuyan a mejorar el ambiente de trabajo.

Un propósito fundamental del Plan es corregir cuestiones que puedan suponer una futura discriminación por cuestión de sexo. Por esa razón, resulta necesaria su continua evolución a medida que vayan modificándose las realidades en las que se fundamenta. El compromiso de la Guardia Civil no se restringe, por tanto, al desarrollo del propio Plan, sino que se extiende a su implantación, seguimiento y evaluación.

REPRESENTACIÓN ¿Qué papel juegan las mujeres en las decisiones y las relaciones de poder en este proyecto? 

El Plan de Igualdad tiene como objetivo establecer y desarrollar políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la Guardia Civil, sin diferenciar directa o indirectamente por razón de sexo; así como impulsar y fomentar medidas para conseguir la equidad en el seno de la organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de su política institucional.

3      3.-    Comenta, si los conoces, el impacto y resultados que ha tenido o tiene esa política pública. Si desconoces esa información, comenta entonces el impacto y resultados que consideras que podría tener.

1.         Acceso, selección, promoción y desarrollo. Incorporar la igualdad de género en los procesos de acceso y promoción, así como en los cambios de destino/especialidad con el objetivo de mejorar las oportunidades y disminuir el número de renuncias. Para ello se contemplan, entre otras medidas, acciones que acerquen a la Guardia Civil a jóvenes del sexo menos representado para promover una mayor tasa ingreso, o el establecimiento de escuelas infantiles en los centros de formación.

2.         Condiciones laborales. Mejorar la aplicación de la perspectiva de género en la asignación de horarios del personal y en las condiciones físicas del entorno de trabajo.

3.         Representatividad de mujeres y hombres. Avanzar hacia una presencia más equilibrada en todos los empleos y en todas las especialidades (teniendo en cuenta los empleos en cada especialidad). Aplicar medidas y  acciones encaminadas a favorecer que las mujeres guardias civiles se encuentren presentes en los órganos de gobierno del Cuerpo, como el Consejo de Guardia Civil.

4.         Conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Avanzar hacia una mayor corresponsabilidad institucional mediante medidas que faciliten que mujeres y hombres puedan desarrollar las distintas facetas de su vida sin que afecte a sus carreras profesionales o condiciones de trabajo/estudio de forma diferencial.

Para ello, la Guardia Civil cuenta con una guía de conciliación y contempla aplicar medidas que permitan potenciar la formación y sensibilización en corresponsabilidad, reservar espacios de lactancia en los acuartelamientos o conocer la evolución de las necesidades de conciliación del personal.

5.         Retribuciones. Consolidar una igualdad real en las retribuciones de hombres y mujeres en la plantilla, corrigiendo posibles desviaciones. 

6.         Acoso, actitudes sexistas y percepción de discriminación. Intervenir decididamente para mejorar la prevención y erradicación de los distintos tipos de acoso, las actitudes sexistas, el trato discriminatorio por razón de sexo, género u orientación sexual y otras violencias de género.

En este apartado se establece la figura del “asesor o asesora confidencial” como un recurso al que pueda dirigirse cualquier miembro de la Guardia Civil que considere que está sufriendo o que haya observado una conducta que pudiera suponer un acoso. Se establecen, además, otras medidas como campañas de sensibilización o encuestas de clima laboral.

7.         Política de igualdad. Mejorar las estructuras y recursos que sirvan de base como marco global para el desarrollo de las políticas de igualdad de género en la Guardia Civil. Para ello se pretende reforzar el Área de Mujeres e Igualdad, así como la formación en materia de igualdad en todos los planes de formación de Guardia Civil.

8.         Comunicación, imagen y lenguaje. Mejorar el cumplimiento de la legislación vigente respecto al uso no sexista del lenguaje e imágenes no estereotipadas de mujeres y de hombres en la comunicación institucional. La Guardia Civil cuenta en la actualidad con una guía de lenguaje inclusivo y se está elaborando una guía de buenas prácticas para la comunicación.

9.         Políticas de impacto en la sociedad y de responsabilidad social. Mejorar las políticas de impacto social de la Guardia Civil en materia de igualdad de género como parte de su responsabilidad social corporativa. Las personas beneficiaras de esta política son las mujeres y jóvenes en edad laboral de Castilla y León, junto con las empresas que los contratan.

 

4- ¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública? 

Fortalezas:

1.- Ha conseguido visibilizar la situación de las mujeres en la Guardia Civil.

2.-Se está dando el cumplimiento debido a la normativa en materia de igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral de la institución, así como, de las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación en el empleo y dentro de los organismos públicos, siendo ejemplo a seguir dentro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado implantando este tipo de Planes.

3.- Sensibilizar a la sociedad española y sobre todo los valores e importancia de la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y sobre todo en la Guardia Civil.

4.- Mejorar la situación de las mujeres en la Guardia Civil, desde su acceso de promoción, como los periodos académicos, permanencia en el empleo y la futura salida del mismo.

5.- Avanzar hacia la corresponsabilidad en el ámbito G.C. y la conciliación familiar.

6.- La elaboración del Plan de Igualdad o la formación en materia de Igualdad para los mandos que ocupen puestos de decisión.

 

Debilidades:

1.- La desigualdad viene avalada por las estadísticas que nos ponen a la cola de presencia de mujeres en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y ello  a pesar de ser el cuerpo que más efectivos tiene unos 78.000 efectivos de los que tan solo el 6% son mujeres..

2.- A lo anterior se unen los índices de absentismo laboral de las mujeres en la Guardia Civil que trimestre tras trimestre duplican, triplican y cuadruplican al de los hombres

3.- La realidad es que nos encontramos en un sistema policial caduco absolutamente masculinizado, jerarquizado y militarizado que dificulta enormemente la implantación de la Igualdad y supuestos tenemos muchos pero sin duda lo son los relativos al acoso sexual o la falta de normalización todavía hoy en día de la maternidad encontrando situaciones paradójicas de mujeres obligadas a realizar servicio de seguridad ciudadana en estado de gestación, o donde no se las evalúa el puesto de trabajo o donde no se respetan los ciclos de lactancia.



Por parte de Guardia Civil se ha creado un comité para la Igualdad y se están fomentando actividades formativas respecto temas de igualdad y sensibilización con cursos de liderazgo para mujeres y también se ha creado una Guía de aplicación de las medidas de conciliación

https://www.guardiacivil.es/es/prensa/noticias/7640.html


Voy a dejar varios enlaces de interés que hablan y comentan respecto del Plan.


https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:df4fa709-57ad-45b6-87bf-ab7f4636058c/gcivil2019.pdf

https://www.guardiacivil.es/es/prensa/noticias/7052.html

https://www.publico.es/politica/primer-plan-igualdad-guardia-civil.html

https://www.elperiodicodeceuta.es/nace-primer-plan-igualdad-guardia-civil/

ACTIVIDAD RETO 5

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